No hace falta entender que una web de viajes que no cumple con la ley de accesibilidad ni con los criterios de accesibilidad, no les preocupa lo más mínimo las personas con discapacidad.
|
Enlaces |
Yo solo me he fijado en los enlaces de contacto, empleo, afiliación............Apenas existe contraste en el texto.
|
Análisis de contraste |
Es un suponer han dicho -se ve bonita, ya esta-, se han olvidado de la
ley 56/2007.
Artículo 2.
Obligación de disponer de un medio de interlocución telemática para la prestación de servicios al público de especial trascendencia económica.
f) Servicios de agencia de viajes, de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 271/1988, de 25 de marzo, por el que se regula el ejercicio de las actividades propias de las agencias de viajes.
g) Servicios de transporte de viajeros por carretera, ferrocarril, por vía marítima, o por vía aérea, de acuerdo con lo dispuesto en la normativa específica aplicable.
No hay comentarios:
Publicar un comentario