jueves, 20 de julio de 2017

Formularios accesibles respetando el color

Dicen que la belleza está en el ojo del espectador. Como diseñador, debes recordar que lo mismo sucede con el color y con todas las habilidades visuales. Se calcula que el 4,5% de la población mundial padece daltonismo (1 de cada 12 hombres y 1 de cada 200 mujeres), 4% sufren de visión baja (1 de cada 30 personas) y 0,6% de ceguera (1 de cada 188 personas). Es fácil olvidar que estamos diseñando también para este grupo de usuarios ya que la mayoría de los diseñadores no experimentamos tales problemas.
Los productos de hoy deben ser accesibles para todos, independientemente de las habilidades de una persona.
La creación de diseños accesible parece una tarea difícil. Afortunadamente, a dia de hoy no es necesario convertirse en un experto en problemas de discapacidad visual; Puede asegurarse de que su diseño sea bueno para estos usuarios, teniendo en cuenta algunas prácticas.

No use el color solo para transmitir significado

Hay muchos tipos de ceguera al color , siendo las más comunes tres tipos, la protanomalía, o reducción de la sensibilidad a la luz roja, deuteranomalía, o reducción de la sensibilidad a la luz verde, y tritanomalía, o reducción de la sensibilidad a la luz azul. Todo se reduce a no ver el color claramente o no ser capaz de diferenciar entre ciertos colores.
grafico de protanomalía,deuteranomalía.tritanomalía

Alertas en formularios

Los mensajes de éxito y de error suelen ser de color verde y rojo, respectivamente. Pero el rojo y el verde son los colores más afectados por la deficiencia de la visión del color. Estos colores pueden ser difíciles de distinguir para las personas con deuteranopia o protanopía.
Como se señala en las directrices del W3C , el color no debe utilizarse como el único medio visual para transmitir información, indicando una acción, solicitando una respuesta o distinguiendo un elemento visual. Los diseñadores tenemos que usar el color para resaltar o complementar lo que ya es visible.
En el formulario que hemos visto anteriormente, un diseñador debe dar mensajes de error más específicos como, "La dirección de correo electrónico que introdujo no es válida" o al menos proporcionar un icono cerca del campo que requiere la atención del usuario.
Imagenes sacadas de: http://www.uxbooth.com/articles/accessibility-visual-design/

martes, 18 de julio de 2017

Genesis,la decisión inteligente en!!!!¿Jerez?¡¡¡¡¡¡



Web de Genesis


Al informarmé para renovar mi seguro de coche he entrado en su web, tengo que reconocer que la idea de usar de mascota un erizo o armadillo me resulta graciosa y llamativa pero más gracioso me a parecido el video de YouTube que en vez de poner Genesis han puesto Jerez.
Video de Genesis, donde ponen de texto subtitulado Jerez

Como en la mayoría de ocasiones han usado el subtitulado automático para que liarse con un buen subtitulado, total nadie se fija. Pensaron los desarrolladores de la web. Ese nadie son millones de clientes que puede que no hagan un seguro de coches pero si de vida, salud... Es lamentable que no se den cuenta estas empresas que están perdiendo clientes y todo por no molestarse un poco.

jueves, 13 de julio de 2017

Haz una foto y se describe lo que te rodea,Seeing AI

Las increíbles características de accesibilidad hacen del iPhone el smartphone perfecto para los discapacitados visuales. Y aún mejor, gracias a una nueva aplicación de Microsoft que utiliza la inteligencia artificial para describir el mundo que te rodea. Seeing AI permite a los usuarios del iPhone obtener información hablada sobre los objetos y la gente que los rodea,  diferencia de otras aplicaciones que ofrecen una funcionalidad similar, Seeing AI puede decirte cómo posicionar la cámara de tu iPhone para capturar perfectamente lo que quieras identificar. Esto hace que sea aún más útil para las personas con problemas de visión.



Los peatones pueden usarla para leer letreros y obtener indicaciones, aunque se advierte de no utilizarla para la navegación.
Una de las características más impresionantes de Seeing AI es su escáner de documentos. La aplicación puede leer documentos en voz alta e incluso ayudar al usuario a centrar el documento en la pantalla.
se divide en la aplicación en varias categorías

  • Texto corto
  • Documento
  • Producto
  • Persona
El  canal de texto corto se puede utilizar para leer cosas como signos y sobres que tienen unas pocas palabras que caben en una pantalla
El canal Documento es para páginas impresas más largas. La aplicación le indicará cómo centrar la cámara para que pueda leer todo el texto.
El canal Producto lee códigos de barras 
El canal Persona ayuda a los usuarios a identificar a las personas, quiénes son y qué están haciendo.
Imagen de la aplicacion Seeing AI

La aplicación también tiene un canal experimental llamado Escena . Con ese canal, la aplicación adivina lo que está sucediendo.
Seeing AI es una nueva aplicación y no es 100% exacta,es una aplicación gratuita disponible para iPhone y iPad en la iTunes App Store. Microsoft aún no ha anunciado si estará disponible en Android.
La aplicación está disponible en EE.UU., Canadá, India, Hong Kong, Nueva Zelanda, Singapur, se espera que dentro de poco esté en otros países.


miércoles, 12 de julio de 2017

La silla sin silla

La silla está hecha de plásticos de ingeniería como la poliamida, y se adhiere a la pierna a través de una serie de correas que se bloquea automáticamente en su lugar cuando se presiona un botón en la parte superior de la pierna. Los trabajadores que usan el aparato pueden descansar cuando sea necesario mientras permanecen en una posición conveniente para continuar la tarea a mano.
La fabricación es de la empresa Noonee y la consultora de diseño Sapetti

Así 've'Twitter un ciego

martes, 11 de julio de 2017

Mouse4all

Mouse4all es una solución de accesibilidad que te permite manejar un dispositivo móvil Android (tableta o teléfono) sin tocar la pantalla. Está especialmente diseñado para personas con discapacidad física, parálisis cerebral, lesión medular, tetraplejia, esclerosis múltiple, ELA o enfermedades neuromusculares.

lunes, 10 de julio de 2017

Guía para entender cómo usar WAI-ARIA 1.1

El 28 de Junio del 2017 la W3C publicó un documento para entender el uso de WAI-ARIA 1.1, se describe el estado de este documento en el momento de su publicación. Otros documentos pueden reemplazar este documento. La publicación como un borrador de trabajo no implica el respaldo de la membresía del W3C . Este es un borrador de documento y puede ser actualizado, reemplazado u obsoleto por otros documentos en cualquier momento. No es apropiado citar este documento como algo que no sea trabajo en curso.
borrador de way-aria 1.1

viernes, 7 de julio de 2017

Parking y acceso accesibles

La Accesibilidad Universal es una condición imprescindible que deben cumplir los comercios y establecimientos abiertos al público para que éstos puedan ser utilizados por las personas con discapacidad de forma autónoma, segura y normalizada; garantizando la no discriminación y la igualdad de oportunidades.

Según una encuesta del INE en 2008, en España hay 3,85 millones de personas que manifiestan tener una discapacidad, lo que supone el 8,5% de la población española. También hay que sumar a las personas mayores, que por edad, ven sus capacidades mermadas. Esto convierte a la accesibilidad en una oportunidad de negocio, ya que un comercio accesible estará abierto a mayor número de personas.

Parking exterior accesible

  • El número de plazas vendrá fijado en la legislación de la comunidad autónoma que corresponda: la reserva mínima estaría en 1 por cada 40 o 50 plazas.
  • Estas plazas deberán medir 5m de longitud, como mínimo, y su anchura responderá a lo indicado en la normativa vigente. El ancho de las plazas será de unos 2,50m y la zona entre plazas de 1,20m para aparcamiento en batería.
  • Te recomendamos que la plaza reservada cuente con una zona adyacente suficiente parapermitir la entrada y salida al vehículo con seguridad.
  • Tienen que estar situadas lo más cerca posible de los pasos peatonales, que deberán estar rebajados con rampas o vados. Las salidas del aparcamiento también deben se seguras y permitir la visión a peatones y conductores.
  • Debes señalizarlas, tanto vertical como horizontalmente, con el símbolo internacional de accesibilidad.
símbolo internacional de accesibilidad.



Entrada accesible

El espacio peatonal que rodea al establecimiento y permite llegar a él tiene que ser accesible y separado del tráfico de vehículos. Si fuera necesario, tendrás que marcar un itinerario diferenciado con un área del pavimento para permitir su localización y hacer posible el tránsito con seguridad.

Un escalón o una puerta estrecha son verdaderas barreras que pueden impedir a muchas personas el paso por un lugar, entrar a un establecimiento o hacer uso de un servicio. Por eso, siempre debe existir un itinerario alternativo accesible, resuelto por medio de una rampa, un ascensor o una plataforma salva-escalera.

Pero, aunque se cuente con un itinerario alternativo, las escaleras deben cumplir una serie de características para que todos los usuarios las puedan usar de forma segura y cómoda. Los escalones incorporarán barandillas con pasamanos a ambos lados y un pavimento diferenciado en textura y color al inicio y final de los mismos. Debes combinarlas con rampas fijas, siempre que la estructura del local lo permita. Estas rampas deberán tener las siguientes características:
entrada al centro comercial tresaguas

  • La entrada principal deberá permitir el paso sin que exista diferencia de nivel en el suelo. Si existiera, se resolverá mediante otra rampa accesible.
  • La relación entre altura y longitud de la rampa se deberá ajustar a la normativa vigente de cada comunidad. De forma orientativa, la altura no deberá exceder el 8% en el caso de recorridos entre 3 y 10m y no excederá el 10% en recorridos de hasta 3m. La pendiente no superará el 1,5%.
  • Las rampas de gran longitud deben incluir descansillos intermedios de reposo cada 10m con unas dimensiones mínimas de 1,50m de longitud y el mismo ancho del resto de la rampa.
  • El espacio recorrido del fin de la rampa hasta una puerta, tendrá una longitud mínima de 1,50m más la longitud para la apertura de la puerta.
  • En los laterales de la rampa tendrás que incorporar barandillas con pasamanos, que sobrepasarán, si fuese posible, en 0,45m los puntos de inicio y final de la rampa. La altura estará comprendida entre 0,90 y 1,05m y estar dotada de doble pasamanos; el segundo entre 0,70 y 0,75m del suelo, para su uso por niños o personas de baja estatura. La rampa deberá tener incorporado un bordillo lateral de 0,10m de resalte mínimo en los lados libres.
  • Las puertas de acceso al exterior deben tener una anchura mínima de 1,2m y una altura de 2,2m. Es preferible utilizar puertas con apertura automática, correderas o abatibles. En el caso que las puertas sean de apertura manual, éstas no tendrán un peso excesivo y el ángulo debe ser de, al menos, 90º, siendo recomendable que los mecanismos de apertura estén a 85-110cm respecto al suelo.
  • El pavimento debe ser antideslizante y estable, sin resaltes ni rugosidades.
  • Los pasamanos deberán ser continuos, fáciles de agarrar y de un color que contraste con el del pavimento de la escalera.

Google Maps, te pide tu ayuda

Aunque a veces se requiere que todos los establecimientos cuentan con instalaciones que atienden o al menos ayuden a las personas con discapacidades. Nada puede ser más frustrante, por no mencionar desalentador, que al llegar a un lugar descubres lo inaccesible que es. Es casi imposible para una organización o empresa, incluso para Google, hacer un seguimiento de toda esa información, razón por la cual el gigante de las búsquedas ahora está aprovechando todos los usuarios de Google Maps para ayudar a que la gente se informe mejor.
Google está realizando una llamada no sólo a ayuntamientos, sino a todos los usuarios de Google Maps en Android para ayudar a anotar o corregir lugares con las calificaciones de establecimiento correctas. Por ejemplo, puede anotar si un edificio tiene acceso a sillas de ruedas, asientos o ascensores.

jueves, 6 de julio de 2017

No accesible,no me interesa ese hotel

Un dato para la reflexión: 6 de cada 10 personas descartan destinos de vacaciones que le resultaban de interés, pero cuyas dificultades de accesibilidad (transporte, vías públicas, hoteles…) le impedían visitarlos con normalidad. Y otro no menos importante: un 25% de las personas con movilidad reducida invierte más de 4.000 euros anuales en viajes, porcentaje que podría incrementarse con más oferta turística accesible.
La mayoría de los establecimientos hoteleros, únicamente se dispone de las habitaciones accesibles que obliga la normativa, las cuales, por un tema de actitud, están ubicadas en los espacios menos atractivos: son interiores, lejanas y no se utilizan con normalidad, palabras de arquitecto con discapacidad Enrique Rovira-Beleta.
Además, según la Fundación Adecco, la accesibilidad también podría promover el turismo senior, que tanta importancia está adquiriendo en los últimos años: en una sociedad que ha alcanzado su récord de envejecimiento.
Hoteles accesibles

miércoles, 5 de julio de 2017

La casa Inteligente, accesible y sostenible. Solo existe una,discapacitados muchos

Mientras la casa inteligente y accesible de la Fundación ONCE esta surcando la península, actualmente esta en Ceuta, y para ello se están gastando un dinero, sigue habiendo gente discapacitada que precisa ayudas técnicas y no tienen recursos económicos porque el dinero se emplea en !una¡ solo en !una¡ casa accesible. Supongo que después de poner de mal humor y poner los dientes largos a más de un visitante, la casa se usara para algún afortunado afiliado de la ONCE acabe viviendo en ella y no acabe despues de la promoción, aparcada en un triste garaje.
Acceso a la casa inteligente y sostenible

Aunque alguno piensen que es por dar publicidad, existe HomeKit una característica de Apple que con el asistente Siri permite moverte y manejar luces, persianas, puertas... A tu antojo.
portada de HomeKit

martes, 4 de julio de 2017

PDF 2006-2016: 10 años de la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad – Balance de su aplicación en España

Ayer me puse a leer el PDF 2006-2016: 10 años de la Convención Internacional sobre los Derechos de las
Personas con Discapacidad – Balance de su aplicación en España y me percaé de el numero de legislación que tenemos, cito solo unas pocas leyes y reales decretos.
balance de 10 años de la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad

Ley 7/2010, de 31 de marzo, General de la Comunicación Audiovisual
Esta ley garantiza entre otros a las personas con discapacidad auditiva
y visual el derecho a una accesibilidad universal a la comunicación
audiovisual, de acuerdo con las posibilidades tecnológicas y tipifica las
infracciones graves y muy graves por incumplimiento de las normas de
accesibilidad y no discriminación.
Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil
Regula un nuevo Registro Civil, que tendrá solo carácter electrónico, y
reconoce el derecho de “acceder a los servicios del Registro Civil con
garantía de los principios de accesibilidad universal y diseño para todas
las personas”. Esto significa que los servicios y prestaciones del Registro
Civil que se implanten tras esta importante reforma tendrán que estar
diseñados respetando la accesibilidad universal y el diseño para todos,
de modo que las personas con discapacidad no queden excluidas de
los mismos.
Ley 18/2011, de 5 de julio, reguladora del uso de las tecnologías de la
información y la comunicación en la Administración de Justicia.
Esta Ley incorpora la referencia a la necesidad de accesibilidad de los
servicios electrónicos que las Administraciones con competencia en
materia de justicia ponen a disposición de los ciudadanos, así como de
sus respectivas Sedes Electrónicas.
Ley 17/2011, de 5 de julio, de Seguridad Alimentaria y Nutrición
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Regula que las autoridades habrán de adoptar medidas para informar
al ciudadano de la existencia de riesgos alimentarios, impide la
discriminación de aquellos colectivos que, por razones de
discapacidad, entre otras circunstancias, tengan especial dificultad
para el acceso efectivo a la información o a las medidas.
Ley 8/2013, de 26 de junio, de rehabilitación, regeneración y renovación
urbanas
Esta ley facilita a las administraciones competentes un instrumento que
les permita disponer de la información precisa para evaluar el
cumplimiento de las condiciones básicas legalmente exigibles, tanto en
materia de conservación, como de accesibilidad
Ley 9/2013, de 4 de julio, por la que se modifica la ley 16/1987, de 30 de
julio, de ordenación de los transportes terrestres y la ley 21/2003, de 7 de
julio, de seguridad aérea
Se introduce la participación de las organizaciones representativas de
las personas con discapacidad en el Consejo Nacional de Transportes
Terrestres, que es el órgano superior de asesoramiento, consulta y
debate sectorial de la administración en asuntos que afecten al
funcionamiento del sistema de transportes. Asimismo, se reconoce que
los vehículos destinados al transporte de viajeros deberán cumplir las
condiciones básicas de accesibilidad para personas con discapacidad
que reglamentariamente resulten exigibles.
Ley 3/2014, de 27 de marzo, por la que se modifica el Texto Refundido
de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y
otras leyes complementarias, aprobado por el Real Decreto legislativo
1/2007, de 16 de noviembre
Dispone que las oficinas y servicios de información y atención al cliente
serán diseñados utilizando medios y soportes que sigan los principios de
accesibilidad universal y, en su caso, medios alternativos para garantizar
el acceso a los mismos a personas con discapacidad o personas de
edad avanzada.
Ley 9/2014, de 9 de mayo, General de Telecomunicaciones
Tuvo un gran impacto sobre las personas con discapacidad, en cuanto
que salvaguarda y protege la satisfacción de las necesidades de las
personas con discapacidad y las personas en situación de
dependencia, atendiendo a los principios de igualdad de
oportunidades y no discriminación. En lo relativo al acceso a los servicios
de comunicaciones electrónicas de las personas en situación de
dependencia, promueve el fomento del cumplimiento de las normas o
las especificaciones pertinentes relativas a normalización técnica
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publicadas de acuerdo con la normativa comunitaria, y facilita el
acceso de los usuarios con discapacidad a los servicios de
comunicaciones electrónicas y al uso de equipos terminales.
Ley 21/2014, de 4 de noviembre, por la que se modifica el texto
refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, aprobado por Real
Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, y la Ley 1/2000, de 7 de enero,
de Enjuiciamiento Civil.
En su artículo 155 (función social y desarrollo de la oferta digital legal)
dispone que las entidades de gestión, directamente o por medio de
otras entidades, fomentarán la oferta digital legal de las obras y
prestaciones protegidas cuyos derechos gestionan, dentro de lo cual se
entenderán comprendidas, entre otras, las actividades para fomentar la
integración de autores y artistas con discapacidad en su respectivo
ámbito creativo o artístico, o ambos, así como a la promoción de la
oferta digital de sus obras, creaciones y prestaciones, y el acceso de las
personas con discapacidad a las mismas en el ámbito digital
Ley 38/2015, de 29 de septiembre, del sector ferroviario
Conforme a las misma se obliga a las empresas ferroviarias a prestar
asistencia a las personas con discapacidad. Esto significa que las
empresas ferroviarias deberán habilitar y disponer de servicios de
atención y acompañamiento a viajeros con discapacidad para que
puedan hacer uso del ferrocarril en condiciones de normalidad,
seguridad y comodidad.
Ley 21/2014, de 4 de noviembre, por la que se modifica el texto
refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, aprobado por Real
Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, y la Ley 1/2000, de 7 de enero,
de Enjuiciamiento Civil
Dispone que las entidades de gestión, directamente o por medio de
otras entidades, fomentarán la oferta digital legal de las obras y
prestaciones protegidas cuyos derechos gestionan, dentro de lo cual se
entenderán comprendidas, entre otras, las actividades para fomentar la
integración de autores y artistas con discapacidad en su respectivo
ámbito creativo o artístico, o ambos, así como a la promoción de la
oferta digital de sus obras, creaciones y prestaciones, y el acceso de las
personas con discapacidad a las mismas en el ámbito digital.
Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de carreteras
Las áreas de servicio, las áreas de descanso y los aparcamientos seguros
deberán reunir necesariamente condiciones de accesibilidad universal
para personas con discapacidad, con arreglo a lo establecido en la
normativa específica aplicable.
Ley 17/2015, de 9 de julio, del Sistema Nacional de Protección Civil
Asume la dimensión inclusiva de la discapacidad e incluye la
accesibilidad como un principio rector de la norma en los ámbitos
definidos por la misma (derecho de protección, la información y la
prevención).
Ley 20/2015, de 14 de julio, de ordenación, supervisión y solvencia de las
entidades aseguradoras y reaseguradoras
Las compañías de seguros tendrán que proporcionar en formatos
accesibles la información sobre sus pólizas y contratos a los asegurados
con discapacidad
Real Decreto 1718/2010, de 17 de diciembre, sobre receta médica y
órdenes de dispensación
Recoge la previsión sobre la accesibilidad de la receta electrónica.
Real Decreto 870/2013, de 8 de noviembre, por el que se regula la venta
a distancia al público, a través de sitios web, de medicamentos de uso
humano no sujetos a prescripción médica
Los medicamentos están sometidos a una estricta regulación con el
objetivo de garantizar su calidad, eficacia y seguridad. Entre las
funciones de las oficinas de farmacia se incluye la información y el
seguimiento de los tratamientos farmacológicos a los usuarios ya que la
dispensación de medicamentos es algo más que el suministro de un
producto de elevado consumo, y por ello debe incorporar la necesaria
información personalizada dirigida a un uso racional de los
medicamentos. La información contenida en el sitio web de la oficina
de farmacia será clara, comprensible y de fácil acceso para el usuario.
Además, las páginas web de las oficinas de farmacia deberán satisfacer
los criterios de accesibilidad al contenido para personas con
discapacidad previstos en la disposición adicional quinta de la Ley
34/2002, de 11 de julio, de servicios de la sociedad de la información y
de comercio electrónico y en el resto de normativa vigente aplicable.
Real Decreto Legislativo 1/2015, de 24 de julio, por el que se aprueba el
texto refundido de la Ley de garantías y uso racional de los y productos
sanitarios
Regula dentro de las Garantías de información que se facilite
información en Braille para personas con discapacidad visual. Por su
parte, los medicamentos se elaborarán y presentarán de forma que se
garantice la prevención razonable de accidentes, especialmente en
relación con la infancia y personas con discapacidad. Los mensajes
publicitarios de los medicamentos que se emitan en soporte audiovisual
deberán cumplir las condiciones de accesibilidad para personas con
discapacidad establecidas en el ordenamiento jurídico para la
publicidad institucional. Y, además, las oficinas de farmacia deben ser
accesibles.
Ley 1/2015, de 24 de marzo, reguladora de la Biblioteca Nacional de
España
Contempla que las instalaciones y los servicios prestados serán

accesibles a las personas con discapacidad.

y estas son un resumen y en cada comunidad se amplia y especifica más.Pero lo que más me llamó la atención fué el examen de accesibilidad del PDF.
Resumen del test de accesibilidad

Nada importante solo 297 imágenes sin texto alternativo o los marcadores incorrectos pero eso si quien lo realizo bien escrito.
Cuadro donde solo se marca al autor

Es lamentable que un PDF destinado a dar a conocer los avances en materia de accesibilidad referente a la convención de la ONU, no sea accesible, cada uno tendrá su punto de vista pero no se a hecho mucho.

lunes, 3 de julio de 2017

Ajustes de accesibilidad para Windows

En la web https://www.microsoft.com/en-us/Accessibility/windows, puedes encontrar todo lo que puede hacer la versión de Windows que utilices para mejorar tu accesibilidad.
Windows accesibility

Plantillas accesibles de Office

Microsoft tiene desde el 2016 una web donde puedes obtener plantillas accesibles.
Web de plantillas accesibls

Legislación española en materia de accesibilidad

Es sumante conocida la gran variedad de legislaciones existentes en España desde las pasadas como la ley de propiedad horizontal de 1960 o las futuras como la obligación de que las viviendas y zonas comunes tienen que ser accesibles antes del 4 de diciembre del 2017, todas han sufrido modificaciones para adaptarse a los problemas actuales de la sociedad. La cuestión es que en el papel están muy bien pero luego no pasan a la vida cotidiana, lo que sucederá con la ley del 4 de diciembre pasará igual que con la ley 56/2007 a las empresas les entrarán las prisas por estar dentro de la ley y evitar posibles sanciones, pero cuando llegue el día y vean que OADIS solo les abre un expediente informativo, respirarán aliviadas.
En España no tendría que haber tanta legislación, hay un refrán que dice- más vale poco y bueno que mucho y malo- pues eso ocurre con la legislación. También ocurre que las sanciones que se ponen son irrisorias o se sanciona pasado ya la preinscripción, una buena legislación crearía un órgano sancionador que haría cumplir la sanción sin posibilidad de recurso y que se ha de cumplir antes de una fecha prudencial. La gente discapacitada estamos cansados de denunciar hechos y no se solventan, seamos honestos esto no ocurre porque a las empresas les sale más rentable no cumplir la legislación que estar en ella, como ocurre con la LISMI en España existe 32.2% de paro en personas discapacitadas (fuente: informe OLIVENZA 2016), esto ocurre porque a las empresas se les sanciona con 500€ y es más rentable pagar eso que un sueldo, pero si se aplicará la ley del 0 y en vez de 500€ son 5000€, puede ocurrir que ya no les interese tanto saltarse la legislación.
Esperemos que la próxima legislación que salga para incorporar la directiva europea 2016/2102 en la que se destaca que todos los sitios web creados después de 23 de septiembre de 2018 y antes del 23 de septiembre de 2019 tendrán que ser accesibles, tenga en su base la sanción administrativa real. Sinceramente parece poco probable observando las webs del Senado, el Congreso de los diputados o la Moncloa que la legislación que se emane sea reguladora y sancionadora de manera ejemplar.
Es una verdadera desgracia para nuestra sociedad que siempre se va a la cola en avances tecnológicos referidos a la accesibilidad, la pirámide de población se está invirtiendo y mucha gente que ahora ve la accesibilidad como algo solo para las personas con alguna discapacidad funcional, acabarán necesitando estas ayudas para mejorar su calidad de vida y lo lamentable que como siempre hemos estamos a la cola de los avances tecnológicos, no llegarán ayudar para mejorar su calidad de vida. Por eso es preciso que se cree una legislación relativamente estricta y sancionadora para evitar que, en un futuro no muy lejano, nos encontremos con una gran brecha.